martes, 18 de mayo de 2010

PROTOCOLO DE KIOTO



El Protocolo de Kioto es un acuerdo internacional para disminuir las emisiones de gases que causan el efecto invernadero y así detener el avance del cambio climático y calentamiento global de la tierra.
El acuerdo nació en 1997 en la ciudad del mismo nombre, cuando 38 países se agruparon y decidieron reducir en un 5% las emisiones de los seis gases que causaron el Efecto Invernadero entre 2008 y 2012, en relación a las emisiones efectuadas en 1990.

Los gases que este acuerdo debe reducir son: el dióxido de carbono, (el más importante y numeroso de todos), el óxido de nitroso, gas metano y otros 3 gases industriales fluorados.

El Protocolo de Kioto, en una primera fase, no obliga a los países en desarrollo, dadas su reducidas emisiones por habitante. Los países industrializados, con un 20% de la población mundial, son responsables de más del 60% de las emisiones actuales, y de la práctica totalidad de las emisiones históricas. A pesar de estos hechos, EE UU, Australia y Japón condicionan la ratificación del Protocolo a la asunción de compromisos por parte de China (el segundo emisor mundial) y otros países en desarrollo, contradiciendo el llamado Mandato de Berlín, alcanzado en la I Conferencia de las Partes del Convenio Marco sobre Cambio Climático COP1 (1995).
No obstante, el destino del acuerdo internacional sobre el cambio climático recogido en el Protocolo de Kioto, dependerá de las decisiones políticas de cada país.
La Unión Europea ha sido siempre uno de los más fieles defensores de Kioto y no ha esperado a que el Protocolo entrara en vigor para implantar su propio régimen sancionatorio y el mercado europeo de emisiones. En Octubre de 2003, Europa se dotó de su propio sistema de comercio de derechos de emisión, de forma integrada con los requeridos por la Directiva 96/61/CE, sobre Prevención y Control Integrados de la Contaminación ,IPPC,. El SECE, Sistema Europeo de Comercio de Emisiones, o ETS, European Trading System, se constituyó mediante la publicación de la Directiva 2003/87/CE sobre comercio de emisiones de CO2, que fijó para el 1 de enero de 2005 el comienzo de actividades del mercado.

No hay comentarios:

Publicar un comentario